Alianza Electoral - Requisitos
Si las agrupaciones no han obtenido reconocimiento de personerÃa, al no estar facultadas para actuar individualmente, no pueden hacerlo por intermedio de una alianza.
Son los partidos polÃticos reconocidos los que pueden constituir alianzas transitorias, en los términos y condiciones establecidos en las cartas orgánicas, decisión que corresponde adoptar a los órganos partidarios competentes y autoridades facultadas a pactarlas.
Resolución N° 61 del 24/07/99, Expte. N° 41/99.-